Con el objetivo de reducir el número de interrupciones inducidas del embarazo
COMUNICADO ANTE LA POSIBILIDAD DE DEROGACIÓN DE LA LEY DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA E INCREMENTO A LAS BARRERAS DE ACCESO A MÉTODOS ANTICONCEPTIVOS
La Federación de Planificación Familiar Estatal (FPFE) y sus asociaciones miembros se oponen de manera rotunda a la idea de volver a una ley del aborto basada en supuestos y similar a la de 1985, ya que esto supone:
Para la sociedad:
1. Aumenta la inequidad económica entre aquellas que siempre van a poder costearse una interrupción y otras ciudadanas a las que se les va a dificultar el acceso por motivos económicos.
2. La no promoción de elementos esenciales de la actual Ley como la educación sexual y el acceso a anticoncepción. Las leyes más restrictivas no están vinculadas con ninguna reducción de los abortos; la planificación familiar sí[1].
3. Una medida que está en contra del sentir de la mayoría y prioriza la opinión de unos pocos, basada en consideraciones morales y no en afirmaciones científicas[2].
4. El enriquecimiento y aparición de mafias dedicadas al aborto clandestino con el consecuente aumento de riesgos para la salud pública.
5. Alejarnos del marco jurídico predominante en la Unión Europea (tan sólo Irlanda y Polonia tendrían legislaciones más restrictivas que la española).
Para la mujer:
6. Una vulneración de sus derechos al negarle su capacidad de decidir sobre su maternidad y cuerpo, y delegar su autoridad sobre un tutor o perito que decidiría por ellas.
7. Situaciones de inseguridad jurídica ya que la penalización del aborto de nuevo lleva a que cualquiera que se acoja a un supuesto de despenalización pueda ser posteriormente cuestionada y encausada.
8. Alarga y dificulta el proceso favoreciendo el aborto tardío y el aborto clandestino, con grave peligro para la salud de la mujer.
9. Incremento del sufrimiento y padecimiento psicológico que acompañan al embarazo no deseado.
Para los profesionales:
10. Inseguridad jurídica ya que puede cuestionarse el acogimiento a un supuesto despenalizador e iniciarse juicios contra el/la profesional.
Para el no nacido:
11. Menos consideración de su protección como bien jurídico[3] ya que, no pudiéndose establecer el límite temporal en el supuesto de riesgo en la salud de la madre, no respeta los tiempos relacionados con la viabilidad fetal que sí son considerados y delimitados con la actual ley.
Por todo ello consideramos que las medidas que se pretenden tomar son inadecuadas y solicitamos:
La aplicación total de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva de 2010; especialmente, la inserción de la educación sexual en la escuela primaria y secundaria, y la garantía del acceso universal a métodos anticonceptivos. Dos elementos que, tal y como demuestran los datos científicos disponibles y a diferencia de las leyes restrictivas del aborto, reducen el número de interrupciones inducidas del embarazo.
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